1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1. El presente Reglamento definirá el procedimiento general de funcionamiento del Consejo Empresarial de Cooperación con Venezuela (en adelante, el Consejo).
1.2. El Consejo será creado y suprimido por la Cámara de Comercio e Industria de la Federación Rusa (en lo sucesivo, la Cámara de Comercio e Industria de Rusia, CCI RF).
1.3. El Consejo no constituye una persona jurídica y desarrolla sus actividades sobre principios comunitarios.
1.4. Los miembros del Consejo consisten en entidades jurídicas rusas y empresarios individuales, registrados conforme al procedimiento establecido por la legislación de la Federación de Rusia.
1.5. En sus actividades, el Consejo sigue la Ley de la Federación de Rusia 'Sobre las Cámaras de Comercio e Industria en la Federación de Rusia', el Estatuto de la CCI RF, las resoluciones del Consejo y de la Junta de la CCI RF, las órdenes de la CCI RF y las disposiciones del Presidente de la CCI RF, así como el presente Reglamento.
1.6. El Consejo puede tener sellos y membretes con su nombre, así como un emblema, logotipo (en este caso se da una descripción del emblema, logotipo).
1.7. El nombre completo del Consejo en ruso es «Совет предпринимателей Россия - Венесуэла».
1.8. Denominación corta en ruso es СПРВ.
1.9. El nombre completo en español es Consejo Empresarial Rusia-Venezuela.
1.10 El acrónimo en español es CERV.
2. OBJETIVOS Y ACTIVIDADES PRINCIPALES
2.1. El Consejo se crea para cumplir los siguientes objetivos principales:
- expansión y desarrollo de contactos comerciales y a la cooperación mutuamente beneficiosa entre empresarios rusos y venezolanos.;
- promoción de los negocios rusos en los mercados venezolanos y atracción de inversiones venezolanas en Rusia, protección de los derechos e intereses legítimos de los empresarios rusos en sus relaciones con las estructuras oficiales y comerciales rusas y venezolanas;
- incremento del papel de los representantes interesados de la comunidad empresarial rusa en la formulación y ejecución de la política estatal en el ámbito de las relaciones económicas entre Rusia y Venezuela.;
- Sinergia y organización del diálogo constructivo entre los círculos empresariales de Rusia y Venezuela interesados en el desarrollo progresivo y el incremento de la eficacia de la cooperación empresarial ruso-venezolana.
2.2. Las principales áreas de actividad del Consejo son:
- desarrollo de una postura coordinada por parte de la comunidad empresarial rusa respecto a la interacción con contrapartes venezolanas y a la actividad en los mercados de Venezuela.;
- análisis de los problemas característicos de las relaciones bilaterales, la elaboración de recomendaciones para eliminar los obstáculos o reducir el impacto negativo de determinados factores que afectan a estas relaciones;
- identificación de oportunidades concretas para ampliar y diversificar la cooperación ruso-venezolana en el ámbito empresarial, incluidos los proyectos de inversión conjunta realizados en Rusia y terceros países;
- creación de oportunidades adicionales para el diálogo y el intercambio entre los representantes de los comunidades empresariales de Rusia y Venezuela, a través de la organización (o participación en la organización) de encuentros, conferencias y grupos de trabajo. Los resultados de estas actividades deben servir de base para elaborar propuestas conjuntas que busquen fortalecer los vínculos comerciales y económicos y generar cambios positivos en la percepción pública en Rusia y Venezuela respecto al papel y las futuras posibilidades de cooperación entre ambos países;
- Establecimiento de relaciones entre los sectores empresariales de Rusia y los órganos legislativos y ejecutivos de Venezuela, participando en la elaboración y ejecución de acuerdos y programas ruso-venezolanos enfocados en las relaciones comerciales y económicas, así como en la creación de los correspondientes actos normativos.
- Establecimiento de contactos y trabajo conjunto con organizaciones sociales de Rusia y Venezuela que mantienen una posición activa en temas de cooperación económica y comercial bilateral;
- proporcionar información y asesoramiento a los empresarios rusos y venezolanos interesados, incluida la ayuda para establecer contactos comerciales con socios potenciales.
3. CONDICIONES Y PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN AL CONSEJO
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS
3.1. No hay límite al número de miembros del Consejo.
3.2. La pertenencia al Consejo es voluntaria.
3.3. La admisión como miembro del Consejo se hará por resolución de la asamblea general del Consejo.
3.4. Los miembros del Consejo tendrán derecho a:
- participar en los trabajos del Consejo;
- recibir información sobre las actividades del Consejo;
- participar en la elaboración de resoluciones sobre todas las cuestiones relativas a las actividades del Consejo;
- formular propuestas relativas a la mejora de las actividades del Consejo;
- voluntariamente, previa solicitud por escrito, dimitir del Consejo.
3.5. Un miembro del Consejo deberá:
- cumplir el Estatuto del Consejo;
- cumplir las resoluciones de los órganos de gestión del Consejo.
3.6. Un miembro del Consejo puede ser expulsado del Consejo por resolución de la asamblea general del Consejo en caso de incumplimiento del presente Reglamento, incumplimiento de las resoluciones de los órganos de gestión del Consejo;
3.7. El Consejo no será responsable de las obligaciones de sus miembros, ni los miembros del Consejo serán responsables de sus obligaciones.
4. GESTIÓN DEL CONSEJO
Los órganos de gestión del Consejo incluyen: la asamblea general de sus miembros, el Presidente del Consejo y el Director Ejecutivo.
4.1. Asamblea general
4.1.1. El órgano supremo de gestión es la asamblea general de los miembros del Consejo.
La función principal del órgano supremo de gestión es garantizar el cumplimiento de los fines para los que se creó el Consejo.
4.1.2. Corresponde a las competencias de la asamblea general de Socios la resolución de los siguientes asuntos:
- aprobación y modificación del Reglamento del Consejo;
- determinación las áreas prioritarias de las actividades del Consejo;
- aprobación de los documentos que regulan las actividades internas del Consejo;
- elección del Presidente del Consejo;
- aprobación del Director Ejecutivo asesorado por el Presidente del Consejo;
- admisión y expulsión de los miembros del Consejo.
4.1.3. La asamblea general de los miembros del Consejo es válida si más de la mitad de sus miembros están presentes en dicha asamblea.
4.1.4. El Presidente del Consejo convocará una asamblea general de los miembros del Consejo cuando sea necesario, pero al menos dos veces al año.
4.1.5. Cada miembro del Consejo dispondrá de un voto para decidir los asuntos sometidos a votación en una asamblea general. La resolución de la asamblea general de miembros sobre las cuestiones sometidas a votación se tomará por mayoría de votos de los miembros presentes en la asamblea.
4.1.6. La asamblea general se celebrará en el lugar y fecha fijados por el Presidente del Consejo.
4.1.7. Una resolución de la asamblea general de los miembros del Consejo puede adoptarse sin necesidad de celebrar una reunión presencial (la presencia conjunta de los miembros del Consejo para discutir los puntos de la agenda y tomar resoluciones sobre los temas sometidos a votación) mediante voto ausente. La resolución de la asamblea general de los miembros del Consejo, adoptada mediante voto ausente, se considerará válida si en la votación ha participado al menos la mitad del número total de miembros.
4.1.8. La convocatoria por escrito de una asamblea general de socios se enviará a cada socio al menos 15 días antes de la fecha de la asamblea general. La notificación contendrá la indicación del lugar, la fecha y la hora de la junta general, así como los puntos del orden del día.
4.1.9. Las resoluciones de la junta general se formalizan en el acta, que firman el Presidente y el Director Ejecutivo.
4.1.10. Entre las asambleas generales, las actividades operativas del Consejo son gestionadas por el Director Ejecutivo.
4.1.11. Se convocarán asambleas generales extraordinarias cuando sea necesario, así como a iniciativa del Presidente del Consejo.
4.2. Presidente del Consejo
4.2.1. El Presidente del Consejo será elegido por la asamblea general de los miembros del Consejo para un mandato de dos años con derecho a reelección.
4.2.2. Presidente del Consejo:
- tiene derecho a firmar los documentos del Consejo;
- representa al Consejo en organizaciones estatales, públicas y de otro tipo en Rusia y en el extranjero;
- somete el nombramiento del Director Ejecutivo a la aprobación de la asamblea general;
- dirige los trabajos de elaboración de las resoluciones estratégicas y tácticas destinadas a realizar los principales objetivos de las actividades del Consejo;
- convoca y preside las reuniones generales de los miembros del Consejo;
- dirige la preparación del material para la reunión general de los miembros del Consejo;
- desempeñar las demás funciones que le asignen la asamblea general y el presente Reglamento.
4.3. Director Ejecutivo
4.3.1. El Director Ejecutivo será aprobado por la junta general del Consejo a propuesta del Presidente del Consejo.
4.3.2. Entre las competencias del director ejecutivo figuran:
- preparación de los borradores de los planes de trabajo del Consejo y de los informes de trabajo anuales e intermedios;
- notificación de la convocatoria de una asamblea general de los miembros del Consejo y levantamiento de actas de las reuniones;
- actividades en curso para aplicar las resoluciones de la asamblea general;
- mantenación una lista de los miembros del Consejo;
- otros poderes estipulados por el Reglamento y las resoluciones de las asambleas generales.
4.3.3. El Director Ejecutivo rinde cuentas al Presidente del Consejo, organiza la ejecución de las resoluciones de las reuniones generales del Consejo y es responsable ante éste de los resultados y la legalidad de sus actividades.
4.4.4. El Director Ejecutivo actuará en nombre del Consejo y lo representará en las relaciones con terceros y organizaciones en nombre del Presidente.
5. FUENTES DE FINANCIAMIENTO DEL CONSEJO
5.1. Las cuestiones relativas a la financiación de actos y a la organización de los trabajos del Consejo son decididas por el Presidente del Consejo y, en caso necesario, por la asamblea general del Consejo.
6. ORDEN DE INTRODUCIR MODIFICACIONES Y ANEXOS EN EL REGLAMENTO DEL CONSEJO
6.1. El Reglamento del Consejo se modificará en una asamblea general de los miembros del Consejo a propuesta del Presidente y de los miembros del Consejo.
6.2. Las modificaciones del Reglamento del Consejo entrarán en vigor en el momento de su aprobación por la junta general del Consejo.
7. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES DEL CONSEJO
7.1. La evaluación del cumplimiento de las actividades del Consejo Empresarial se llevará a cabo de conformidad con el Reglamento sobre la evaluación del cumplimiento de las actividades del Consejo Empresarial.
8. TERMINACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL CONSEJO
8.1. La resolución de poner fin a la actividad del Consejo corresponde a la CCI RF.
9. DISPOCISIONES FINALES
9.1. En todas las demás cuestiones no previstas en el presente Reglamento, el Consejo se guiará por la legislación de la Federación de Rusia.
9.2. El presente Reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación por la asamblea general.